sábado, 29 de abril de 2017

Seis batallas que los estudiantes les han ganado a los colegios

La Corte Constitucional exige que los manuales garanticen el libre desarrollo de la personalidad.

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Los estudiantes cuentan con más apoyo para hacer cumplir sus derechos e ideas.

La lucha judicial de Martha Patricia Lemus Rosero para que se le permitiera a su hija menor asistir con el cabello tinturado en las puntas a la institución educativa Antonio Martínez Delgado, de Corozal (Casanare), revivió el debate sobre los límites que tienen los colegios para exigir cualquier tipo de apariencia física o castigar conductas consideradas inmorales.
Desde hace más de 23 años, colegios públicos y privados han sostenido litigios para evitar que la justicia modifique sus reglamentos, mientras la Corte Constitucional sigue marcándoles límites.
En julio pasado, este tribunal falló a favor de la hija de Lemus y ordenó al colegio cambiar su manual de convivencia para que la joven pueda asistir a clase con sus “mechas californianas”. También dispuso que debe revisar su manual de convivencia para evitar normas que restrinjan la libre personalidad de los estudiantes.
La Corte estableció que los rectores no pueden obligar a los padres de familia a registrar a sus hijos en otro establecimiento educativo ni cancelarles la matrícula.

También advirtió que las reglas en las aulas no pueden estar por encima de la Carta del 91. El Ministerio de Educación comparte esta posición y señala que “los miembros de la comunidad educativa deben garantizar el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad, evitando reglar aspectos que entren en la esfera íntima de los estudiantes”.
1. Uso de uniformes
En 1999 el colegio La Presentación, en Tunja, sancionó a una estudiante con la “suspensión del uniforme”, que consistía en obligarla a ir vestida de particular para que fuera observada por todo el personal por su mala conducta (ir a parques portando el uniforme).
La Corte dijo que “nadie puede ser objeto de una acción correctiva por ejercer su legítimo derecho al libre desarrollo de su personalidad y a la libre expresión en actividades fuera de la jornada escolar”.
2. Cabello libre
Desde hace 23 años, la Corte ha revisado por lo menos 17 tutelas de estudiantes que tuvieron dificultades en sus colegios por tener el cabello largo o tinturado.
En 1993, la Corte estudió una tutela de dos estudiantes del Colegio Salesiano de Neiva, porque les exigían llevar el cabello corto.
Al fallar a favor de los jóvenes, la Corte dijo que este tema puede ser “pauta en instituciones cuyo principio sea la práctica de la obediencia estricta, como las de carácter militar”, pero que los demás colegios no pueden autorizar la exclusión de los beneficios del derecho fundamental a la educación.
3. Accesorios y maquillaje
En 2007 la Corte Constitucional conoció una tutela de Claudia Morales Sánchez, en representación de su hija, contra el colegio Externado Nacional Camilo Torres, en Bogotá, porque allí se negaron a inscribirla al grado décimo por tener un ‘piercing’ en su rostro. El rector de la institución afirmó que estaba prohibido a fin de mantener “parámetros mínimos de sana convivencia”.
La Corte le ordenó modificar su reglamento, ya que “el uso de dichos accesorios no afecta de manera alguna el desarrollo académico de la menor y hace parte del derecho a la propia imagen”, y agrega: “Toda persona está facultada para decidir de manera autónoma cómo desea presentarse ante los demás”.

4. Identidad sexual diversa
El fallo del 2015 en el que la Corte le ordenó al Ministerio de Educación revisar los manuales de convivencia por el caso del joven Sergio Urrego, estudiante del colegio Gimnasio Castillo Campestre, de Bogotá, quien se suicidó por supuestas presiones del colegio por su condición homosexual, no es el único en el que se les ha exigido a los colegios reconocer la diversidad. En 2013 la Corte falló una tutela de un joven de 15 años que tras reconocerse con una “identidad sexual diversa” optó por tener el cabello largo y fue expulsado del colegio. La Corte señaló que “la diversidad en la identidad sexual y de género es uno de los objetivos del proceso educativo”.
5. Embarazos
En 2008 una joven fue expulsada del Instituto Las Américas, en Barranquilla, luego de quedar embarazada, porque el manual de convivencia se reservaba el derecho de mantener estudiantes en ese estado. La Corte ordenó el reintegro de la menor asegurando que ningún reglamento interno puede “obstaculizar la educación de una estudiante embarazada, por ser un derecho amparado por la Constitución”.
En 1995 la Corte protegió los derechos de una estudiante de 18 años que estaba en 11.° y que decidió vivir en unión libre con su novio, hecho que llevó a que el colegio Rafael Afanador y Cadena, de Pamplona, le cancelara la matrícula. El alto tribunal dijo que el colegio puso en condiciones de inferioridad a la joven por imponerle un manual que “desconoce el más mínimo respeto a la intimidad”.
6. Consumo de drogas
Otros de los casos calificados como inmorales por algunos colegios es el consumo de drogas. En 2013 la Corte revisó la tutela de un joven que se retiró del Instituto Agrícola de Marsella, en Risaralda, después de tener problemas con las drogas. Aunque en 2012 el joven intentó reingresar a la institución para terminar el grado 11.°, el colegio le impidió la entrada afirmando que el consumo de drogas había sido un “acto de indisciplina”.
La Corte dijo que en este caso el colegio vulneró su derecho a la educación porque no se implementaron “métodos didácticos, contenidos y procesos pedagógicos acordes con la situación del estudiante”, debido a su consumo de sustancias psicoactivas. La Corte dijo que se le debió brindar un “proceso educativo integral que le permita el manejo de su adicción”.