miércoles, 10 de junio de 2020

Estudiantes de pregrado pueden volver a laboratorios y en agosto iniciar clases

El Ministerio de Educación emitió la Circular 013, en la cual se dictan los lineamientos para el regreso a los laboratorios en junio.


Suministrada 

El Ministerio de Educación expidió la directiva 13, en la cual se dan a conocer las recomendaciones para que estudiantes de educación superior puedan hacer uso de los laboratorios prácticos y de investigación con los que cuenta cada institución, a partir del mes de junio, esto con el fin de que los estudiantes puedan completar su formación académica. 

Además, establece recomendaciones frente al retorno progresivo a la presencialidad con alternancia, tanto en las Universidades e Institutos de formación técnica y tecnológica, a partir del mes de agosto, donde se dan las medidas de bioseguridad y de distanciamiento social establecidas por el Ministerio de Salud y en coordinación con las autoridades regionales. 

"La directiva comprende dos fases. La primera, denominada "retorno progresivo a laboratorios prácticos y de investigación", orienta sobre la autorización para la movilización de los estudiantes, docentes y miembros de la comunidad educativa de los programas que requieran el uso inmediato de laboratorios de investigación y de espacios académicos de práctica asistida, previa coordinación con las autoridades locales", explicó el Ministerio. 

De acuerdo con la Circular 013, "en el marco del Decreto 749 del 28 de mayo del 2020, a partir del 1 de junio, los estudiantes podrán movilizarse hacia las Instituciones de Educación Superior y Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, previa coordinación con las autoridades locales con el fin de hacer uso exclusivo de aquellos espacios académicos y formativos donde la presencialidad no puede ser reemplazada por simuladores o demás herramientas pedagógicas de apoyo asistidas por tecnología". 

Y advierte que la presencialidad "no incluye la realización de trabajos de campo y prácticas por fuera de las instalaciones de las Instituciones, salvo que los laboratorios prácticos o de investigación estén por fuera de las mismas". 

La segunda fase, "recomendaciones para el retorno gradual y progresivo a las actividades académicas que exijan presencialidad", tendrá lugar a partir de agosto, y dicta orientaciones para que, en el marco de la autonomía académica, las IES e IETDH retomen un regreso gradual a la presencialidad en la modalidad de alternancia, según indicó el Ministerio. 

"A partir de un análisis riguroso de sus condiciones respecto a su capacidad instalada, el número y características de la población estudiantil, docentes y personal administrativo que se movilizarían, así como las adecuaciones que deberían realizarse con el fin de atender los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia y su contagio", explica la circular. 

Y señala que "a partir de agosto de 2020, las instituciones de Educación Superior y Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, en uso de su autonomía académica, podrán retomar las clases de manera presencial y con alternancia, haciendo un análisis de sus condiciones respecto a su capacidad instalada, el número y características de la población estudiantil, docentes y personal administrativo que se movilizarían". 

La directiva ministerial orienta a la implementación de buenas prácticas para evitar el contagio del Covid-19 en los entornos educativos, tales como "la identificación y caracterización de la comunidad educativa, el control del número máximo de personas que pueden ingresar a las instituciones, el fomento y difusión de las medidas de cuidado y prevención y la invitación a acoger una cultura de corresponsabilidad y autocuidado en la comunidad educativa".