La decisión fue adoptada tras resolver un recursos de casación de un fallo de la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá.
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia señaló que los jóvenes entre los 14 y los 18 años de edad no necesitan permiso de sus padres para conformar una unión libre.
Así lo concluyó la Corte tras declarar procedente y válida la unión marital y sociedad patrimonial entre un adolescente y una mujer mayor de edad, luego de resolver un recursos de casación de un fallo de la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá.
“El permiso para que los menores de 18 años de edad y mayores de 14 años puedan contraer nupcias no es predicable de la unión marital de hecho. Esto constituye una de sus exclusiones”, indicaron los magistrados.
De acuerdo con los magistrados la voluntad para la conformación de la unión marital se encuentra implícita en la pareja que decide sostener una relación de este nivel.
Así mismo, planteó que “la voluntad responsable para conformar la unión marital surge de facto y el consentimiento de sus protagonistas aparece implícito”.
Según la Corte Suprema de Justicia, el Congreso de la República previó consecuencias adversas derivadas de la falta de permiso para que un menor de edad pueda sostener un matrimonio, sin embrago, no en igual sentido para la unión marital de hecho.
“Y si su constitución no se encuentra sujeta a trámites previos , ningún escenario existiría para exigir y diligenciar el referido beneplácito”, agregó la Corte Suprema de Justicia.
“El derecho a conformar libremente una familia por vínculos jurídicos o naturales desde luego, es un derecho fundamental”, agregó la Corte.