Las mascotas son definidas por la ley como bienes muebles y aún falta en Colombia una jurisprudencia más robusta sobre este tema
Si alguna vez se ha preguntado qué pasa con las mascotas cuando quedan a disposición de la Ley en mitad de un divorcio, debe tener en cuenta varios aspectos. Por ejemplo, que hay una carencia de jurisprudencia en ese sentido y que las mascotas pueden ser tomadas como bienes muebles o como miembros de la familia. Para aclarar el tema, Asuntos Legales consultó los factores que se deben tener en cuenta al enfrentar este tipo de procesos.
Custodia de mascotas
Jorge Peralta, director jurídico de Peralta y Asociados Abogados, dijo que cuando se termina una relación marital hay dos caminos jurídicos para decidir la repartición de bienes. El primero es la conciliación extrajudicial de los cónyuges, la cual es decisión mutua sobre cómo se hará la repartición. “Es importante señalar que las mascotas se han humanizado y se han considerado como un miembro de la familia. En la conciliación podrán definir con quién se quedará la mascota. O podrán establecer en ese escenario de la conciliación si van a definir la situación bajo el régimen de custodia, los cuales incluye unos días de visita, como si se tratara de un hijo”, dijo.
Hay un segundo camino y es la vía judicial. Como en Colombia no hay una jurisprudencia desarrollada sobre este tema, cuando los casos se llevan a los estrados, el juez dependerá de su criterio humanístico y legal para considerar a la mascota como un bien mueble o como un ser objeto de custodia.
“Las mascotas están definidas en el Código Civil como bienes muebles y la custodia hace alusión a los hijos menores de edad que se han conformado en el matrimonio o en la unión marital de hecho. De la manera más técnica, se puede involucrar a la mascota como algo material de la relación y, en tal sentido, el juez decidirá. Sin embargo, la tendencia social es de considerar a la mascota como un miembro familiar, y en ese orden de ideas se puede presentar en la demanda que el juez considere la custodia según ciertos parámetros”, dijo Peralta.
Consideraciones adicionales
Ahora que se estableció que en los estrados judiciales las mascotas pueden ser tenidas en cuenta para una custodia en un divorcio, es importante aclarar que esto se debe a un fenómeno sociológico que ha venido en crecimiento. “Hay muchos estudios sociológicos que han demostrado la humanización de los animales en los hogares. Por ejemplo, las parejas que no han podido tener hijos de alguna forma han suplido esa carencia con la presencia de una mascota. Han adoptado roles dentro de la relación sentimental en que las mascotas fungen como verdaderos hijos”, agregó Peralta.
JORGE PERALTADIRECTOR JURÍDICO DE PERALTA Y ASOCIADOS ABOGADOS
“Por la vía de la conciliación podrían establecerse unos pactos entre las partes con relación a la mascota, lo cual puede incluir un régimen de visitas si eso hace parte del modo conciliatorio”.
El abogado afirmó que a falta de jurisprudencia, se debe aplicar la normativa a la custodia de las mascotas. Por esta razón, si un juez de familia considera que la mascota ha integrado a la familia y falla a favor de uno de los cónyuges, se podría establecer una responsabilidad económica como la alimentación y la salud de la mascota en el veterinario.